Viernes 22 de noviembre de 2024
12 FEB 2020 - 16:09 | Sociedad
El caso Fernando Báez Sosa

¿Qué pasará en la audiencia de mañana?

Antes de dictar la prisión preventiva, el juez escuchará a todas las partes.

Luego de escuchar a las partes mañana, el juez David Mancinelli tendrá elementos para su decisión.

Mañana, en el Juzgado de Garantías de Villa Gesell, se desarrollará la audiencia conocida técnicamente como “del 168 bis”. Para ello, los ocho detenidos que están en la alcaidía de la cárcel de Dolores serán trasladados hasta la sede ubicada en Boulevard Gesell y Paseo 130, donde se llevará a cabo la diligencia ordenada por el juez David Leopoldo Mancinelli.

Según el Código Procesal de la provincia de Buenos Aires, esta audiencia puede ser solicitada “antes de resolver el dictado de la prisión preventiva, su morigeración, la imposición de alternativas a ésta, la internación provisional del imputado, o la caducidad o cese de cualquiera de ellas, a pedido de parte interesada o por propia decisión” del juez.

La ley establece que la audiencia sea oral y pública. En virtud del espacio con que se cuenta, no será permitido el ingreso de la prensa, pero todo el trámite será filmado.


De acuerdo con el Código, “serán oídos el fiscal, el particular damnificado si lo hubiere, la defensa y el imputado si se hallare presente, en ese orden, durante un tiempo máximo de quince minutos”. Cada una de estas intervenciones deberá referirse a las medidas de otorgamiento o cese de las prisiones preventivas, en la conveniencia o no de dictarlas y en la posibilidad de morigeración de alguna de ellas.

Luego de escuchar a las partes, el juez tendrá elementos para su decisión, esto es, confirmar el pedido de la fiscal Verónica Zamboni, que pidió que sean excarcelados Alejo Milanesi y Juan Pedro Guarino, y que sean sometidos a prisión preventiva Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Lucas Pertossi, Luciano Pertossi, Ayrton Viollaz, Blas Cinalli, Matías Benicelli y Enzo Comelli.

El pedido de la fiscal Zamboni fue presentado el lunes, por lo que el juez tiene cinco días a partir de esa fecha para pronunciarse acerca de si hace o no lugar a las medidas solicitadas.