Extienden la inscripción al Programa de Sostenimiento Económico para actividades afectadas por la pandemia
El plan del Gobierno bonaerense otorga aportes no reembolsables. Hasta cuándo hay plazo de anotarse y cuáles son los sectores habilitados.
El ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense extendió hasta el 10 de noviembre inclusive el plazo para inscribirse al Programa de Sostenimiento Económico (PSE) que brinda apoyo a las actividades productivas afectadas por la pandemia de coronavirus.
El PSE consiste en un fondo provincial que reparte 2.000 millones de pesos como aportes no reembolsables de carácter extraordinario, destinados a apoyar a unidades productivas, micro y pequeñas de actividades que resultaron especialmente afectadas por la pandemia. Según informó el gobierno bonaerense, del monto total ya lleva ejecutados más de 267 millones de pesos.
Entre los sectores incluidos se destacan: Servicio de Transporte escolar y otros; Comercio minorista de indumentaria, calzado y ventas en general; Gastronomía y Bares; Salones de baile, fiestas y boliches; Guarderías y jardines maternales; Servicios especializados, como fotografía, fotocopias, ventas de entradas, peluquería, entre otros; Servicios vinculados a prácticas deportivas y explotación de instalaciones; y elaboración de cerveza.
Quienes quieran ser beneficiarios del subsidio, deberán inscribirse en la página web https://portal.gba.gob.ar/web/portal/11214/tramite
Los requisitos para acceder al programa son:
- Las unidades productivas deben ser micro o pequeñas.
- Su actividad principal debe estar incluida en el listado de actividades del programa.
- Fecha de inicio de actividad anterior al 31/03/2020.
- Serán elegibles aquellas unidades productivas cuyos ingresos hayan caído en 2020 en comparación con 2019 o hayan aumentado hasta un 10%. O que hayan iniciado actividades en 2020.
- Deben estar inscriptas en Buenos Aires ActiBA.
- No deben haber recibido otros beneficios dinerarios de similares características y por el mismo objeto, otorgado por cualquier otra jurisdicción nacional y/o provincial.
- A la fecha de corte 18/06/2021 debían estar al día con las Declaraciones Juradas de Ingresos Brutos mensuales de 2019 y 2020.
- Si se encuentra alcanzada por alguna norma que la exima de la presentación de Declaraciones Juradas de Impuesto a los Ingresos Brutos mensuales, no le será exigible este requisito a los fines de acceder al PSE. Dentro de estas exenciones se encuentran los beneficiarios de La Ley Provincial N° 13.136 de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS).