Dolores: absuelven a 4 policías por la muerte de un detenido en la comisaría de General Madariaga
El hecho ocurrió hace 11 años y el titular de la dependencia fue condenado por omisión de evitar las torturas a las que fue sometido Damián Sepúlveda.
La Justicia de Dolores absolvió a 4 policías de la comisaría de General Madariaga por la muerte de un preso ocurrida hace 11 años y condenó al titular de la dependencia por el delito de omisión imprudente de evitar la tortura.
El caso se remonta al domingo 13 de enero de 2013, cuando dos policías detuvieron a Damián Alejandro Sepúlveda y lo llevaron a la dependencia. Allí, según lo indicado por el tribunal integrado por los jueces Antonio Severino, Christian Rabaia y Eduardo Campos Campos, fue golpeado y torturado. Posteriormente, apareció ahorcado con su propia remera en la celda en la que se encontraba detenido.
Según la sentencia, se pudo comprobar que Sepúlveda había sido víctima de torturas en la comisaría, aunque las pruebas existentes no permiten atribuir a los policías involucrados tales hechos. Del mismo modo, no se hizo lugar al pedido del fiscal de condenar a los efectivos policiales por el delito de homicidio criminis causa, esto es, cometido con el objetivo de ocultar otro delito.
De esta manera, Mauricio Daniel Díaz y Alcides Gabriel Montenegro fueron absueltos de los delitos de homicidio agravado criminis causa y torturas, mientras que Guillermo Gastón Formentini y Walter Javier Soto recibieron la absolución por el delito de omisión de evitar la tortura.
El tribunal, por su parte, consideró que Néstor Serafín debía ser condenado a dos años de prisión y 6 años de inhabilitación por ser el titular de la dependencia, máximo responsable de la misma y culpable del delito de omisión de evitar la tortura a la que fue sometido Sepúlveda.
En los considerandos de la sentencia, el fallo señaló que “nos hemos encontrado con una muy detallada y extensa investigación, pero con algunas falencias”, al tiempo que mencionó que a lo largo del juicio “toda esa labor no se ha visto concretada en la producción de elementos probatorios de calidad”, por cuanto “podría ser extensa la lista de diligencias que se pudieron haber ordenado, todas de altísima prioridad investigativa, y no se llevaron a cabo”.